Operaciones en banca en línea, así es como te debes de proteger

Por el Licenciado Luis Gerardo Thomas Treviño

Las transacciones en banca en línea han ido en aumento desde inicios del siglo XXI, y más aún en estos días, que han llevado a la sociedad a tomar medidas y realizar operaciones bancarias desde casa.

¿Qué pasa cuando una transacción bancaria no fue autorizada por el titular y la institución bancaria no quiere realizar el reembolso de la cantidad?

El Código de Comercio, en los artículos 90, 90 bis y 95, reconoce las mensajerías instantáneas de datos, usando claves dinámicas (Token), contraseña (NIP) y estos estén facultados en el programa informático, con base en el contrato celebrado con la institución bancaria.

Por ello, el Código de Comercio otorga a la institución la presunción de que la transacción fue consentida por el emisor, o sea, que el cliente de la institución bancaria fue quien ingresó la información correcta para ese efecto, sea que lo haya efectuado personalmente, por conducto de su autorizado o mediante un sistema de información programado para actuar en su nombre automáticamente, por los rasgos de seguridad ya comentados que llevan dentro del procedimiento.

Los clientes o emisores tienen dificultad para comprobar su dicho. Para que la institución bancaria pueda tener esa presunción de que la transacción tuvo el consentimiento del titular de la cuenta, debe comprobar que la misma sea fiable y segura, comprobando que sólo se realizará la transacción electrónica si se ingresan los datos correctos y no pueda tratarse de un fraude electrónico.

Por eso el banco debe comprobar en su plataforma la fiabilidad y seguridad, antes de culpar al usuario que dio su consentimiento en la transacción electrónica y negarse a realizar el reembolso de la transacción.

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